En términos generales, entre los cambios más discutidos está el término de los regímenes de fomento a la inversión para las personas naturales. Se termina con el FUT como herramienta de ahorro a la inversión, se acaba con el fomento a la creación de empresas vía reinversión de utilidades tributarias, ya que dicha figura permitía que los socios personas naturales retiraran utilidades desde una empresa con contabilidad completa a otra también con contabilidad completa y no tributaran por ese retiro, postergando el impuesto global complementario o adicional hasta el consumo efectivo vía retiro de utilidades. Esta herramienta era considerada un gran motor de inversiones.
El profesor Juan Eduardo Saavedra sugiere que “al momento de declarar, respecto de las personas naturales que deban declarar el F22, verificar adecuadamente la información que terceros le indican al SII vía declaraciones juradas, que son los datos que sirven de antecedentes para confeccionar el formulario”.
Plantea que es conveniente verificar toda la información entregada al SII por terceros, como por ejemplo, lo que dice relación con intereses, fondos mutuos, compraventa de acciones, compraventa de bienes raíces, dividendos pagados, retiros de utilidades, arriendos percibidos, gastos rechazados, rentas exentas, rentas del transporte de carga, ahorro voluntario, entre otras, con el propósito de que tal declaración no sea reparada por el servicio por contener inconsistencias con la información que éste posee.
“Al igual que el año anterior, pero en un mayor número, el SII le propone al contribuyente su declaración, lo que para las personas que no puedan o quieran contratar a un profesional para que prepare su declaración, es de gran utilidad, además que agiliza tanto el trámite como la devolución de ser el caso. Las personas jurídicas, en su mayoría, cuentan con profesionales expertos que los asesoran y evitan así los errores u omisiones que puedan afectar a sus declaraciones”, puntualiza.
Fuente: http://www.uss.cl